Los Principios Orientadores de una política son las bases
que regulan su accionar. Ellos establecen los límites entre
los cuales se sitúan las acciones a realizar, así como los
valores que la sustentan. El Objetivo General de una política identifica el propósito fundamental para el cual ésta fue elaborada, dándole orientación y sentido.
A continuación se presenta el Objetivo General de la Política de Participación de Padres, Madres, Apoderados /as en el Sistema Educativo: Generar condiciones institucionales y jurídicas que garanticen la promoción, fomento y desarrollo de la participación amplia, diversa y organizada de padres, madres y apoderados/as y de la comunidad en el sistema educativo. Esta participación se realiza en alianza con los demás actores de la comunidad educativa, con el fin de contribuir en la construcción, desarrollo y cumplimiento de su proyecto y metas educativo institucionales, en el marco de mejorar la calidad de la educación.
Del mismo modo se presentan los Principios Orientadores para la Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados/as en el Sistema Educacional, los cuales son:
1. La familia es un actor insustituible de la comunidad educativa, que contribuye desde su particularidad, saberes y experiencias al enriquecimiento y desarrollo del proceso educativo, que tiene deberes y derechos, y que se fortalece participando en ella.
2. Los niños, niñas y jóvenes “en familia”, es decir, considerados como formando parte de un grupo familiar, son el eje de la comunidad educativa.
3. La familia es una fuente de experiencias educativas y tiene un saber que fortalece el proceso de los aprendizajes pertinentes y significativos de sus hijos e hijas.
4. La participación de la familia en el sistema educacional es un valor y un derecho y se concibe como un proceso de interacción con los diferentes actores de la comunidad educativa para apoyar el desarrollo y formación de sus hijos/as y alumnos/as en el Proyecto Educativo Institucional.
5. Los valores que conlleva la participación de la familia en el sistema educacional deben ser asociados a los valores de la participación ciudadana dentro de una sociedad democrática.
6. El objetivo central de la participación de la familia en la institución educativa es el aprendizaje y la formación de sus hijos e hijas, orientados al pleno desarrollo de la infancia y la juventud del establecimiento educacional que éstos han elegido para que eduque a sus hijos.
7. Debe reconocerse que de hecho existe una diversidad de tipos familiares con distintos intereses dentro de una misma institución educativa, con derecho a que sean acogidas las diferentes motivaciones, necesidades y oportunidades que tienen para participar.
8. Hay una diversidad de modelos posibles de participación, que varían según el contexto cultural en que se desarrolla (urbano o rural), las particularidades de cada familia y de cada institución educativa, por lo cual es preciso reconocer la diversidad, pluralidad y autonomía de las comunidades educativas.
9. La participación de la familia en la institución educativa puede tener distintos grados de organicidad. Es deseable que las familias tengan una participación organizada e institucionalizada, con un cierto status jurídico y un accionar sustentado en el proyecto educativo de la institución, sin que ello signifique inhibir otras formas de participación.
10. La institución educativa debe ser proactiva en la creación de condiciones, instancias y procedimientos efectivos para facilitar y canalizar la participación de la familia en el sistema educacional.
11. La participación de la familia en el sistema educacional puede darse a distintos niveles, en armonía y coherencia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de cada institución educativa: informativo, consultivo, colaborativo, toma de decisiones, control de gestión.
12. La participación de la familia en el sistema educacional puede darse en diferentes ámbitos, en armonía y coherencia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de cada institución educativa:
a) Pedagógico “familiar” (en la creación de un ambiente pedagógico propicio en el hogar)
b) Pedagógico “escolar”
c) Convivencia escolar
d) Proyectos específicos
e) Gestión administrativa
13. La familia tiene la facultad o atribución de demandar cumplimiento de los compromisos suscritos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la institución educativa.
14. La participación de la familia en el sistema educacional implica tanto derechos como deberes.
15. La participación de la familia en el sistema educacional requiere garantizar protección y dar estímulo a quienes la promueven.
16. La organización específica en que se concrete la participación de padres, madres y apoderados/as, cualquiera que ella sea, debe ser esencialmente colaboradora de la tarea educativa que realiza la dirección
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